Vigencia de Obligaciones en Prevención y Salud Laboral

Las empresas con 5 o más empleados deben contar con un Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo

Finalmente, el 1º de mayo del 2022, según comunicó el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) entrará en vigencia del Decreto 127/014, el cual obliga a las empresas a implementar los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo (en adelante “SPST”). En el presente artículo te explicamos brevemente lo que tienes que saber para comenzar a velar por la seguridad y salud ocupacional de sus colaboradores:

¿Qué empresas lo necesitan?

Todas las empresas públicas o privadas con más de 4 trabajadores deberán contar con estos servicios considerando los siguientes puntos, según la cantidad de trabajadores:

  • Entre 5 y 50 trabajadores: Servicio externo, con una frecuencia semestral como mínimo
  • Entre 51 y 300 trabajadores: Servicio externo, con una frecuencia trimestral como mínimo
  • Más de 300 trabajadores: Servicio propio integrado multidisiplinario

El servicio a contratar

El servicio contratado tendrá la función de prevenir y asesorar al empleador, a los colaboradores y a los representantes de las empresas acerca de los requisitos necesarios para establecer y conservar un medio de trabajo seguro y sano que favorezca la salud física y mental, así como la adaptación del trabajo a las capacidades de los trabajadores, teniendo en cuenta sus estados de salud física y mental.

El equipo del servicio contratado deberá estar integrado por el siguiente equipo:

  • Médico especialista en Salud Ocupacional;
  • Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional;
  • Psicólogo y personal de enfermería (opcional, solo para empresas con más de 300 trabajadores);
  • (opcional, solo para empresas con más de 300 trabajadores);

¿Cuándo entra en vigencia?

Según se comunicó por el MTSS, la entrada en vigencia de la norma quedará regulada según la cantidad de trabajadores de la empresa, de la siguiente forma:

  • Entre 5 a 50 trabajadores:  1° de noviembre de 2022 (mantienen el plazo de inicio de vigencia)
  • Entre 50 y 150 trabajadores: 1° de mayo de 2022, fecha en la cual todas las empresas, deberán implementar los STPS.
  • Más 150 colaboradores: Vigente desde el 1º de noviembre de 2021. Su entrada en vigencia no fue postergada. Para más de 300 personas ya aplican esta norma desde la entrada en vigencia del Decreto N° 127/014.

Según el comunicado del MTSS, esta ultima la prórroga fue realizada en acuerdo con el Consejo Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo.

Pueden acceder al decreto completo en el siguiente link: Decreto 127/014

Comentario final

Todas las empresas tiene responsabilidad legal en los temas referidos a la seguridad y salud ocupacional de su equipo de trabajo, y si bien, la normativa exige el asesoramiento por parte de una empresa externa, contar con profesionales altamente calificados y especializados le permitirá hacer frente a los requerimientos y elevar los niveles de conformidad, compromiso y productividad de los equipos de trabajo.

Buscar asesoramiento

Ing. T.P. Pierina Clerici / T.P. Federico Camusso

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